A pesar de que el gobierno provincial sancionó un IMPUESTAZO que afectara a todos los entrerrianos, sin que esos ingresos sean coparticipados a los municipios.

A pesar de que el gobierno provincial ha trampeado el cumplimiento de la manda constitucional, de que todos los tributos copartiipados sean remitidos a los municipios diariamente, inventando un concepto denominado garantia de coparticipacion, que es bimestral pero que se retrasa normalmente en 4 meses.

A pesar de que el gobierno provincial solo coparticipara en 2014 el 15,32 % de los ingresos nacionales, cuando corresponderia hacerlo por el 16%.

A pesar de todo eso, llama poderosamente la atención, que los intendentes junsticialistas, hayan mantenido silencio sobre el tema, con lo cual privilegiaron su relacion con el "sueño etrerrriano" por sobre la defensa de los recuros de sus respectivos muncipios.

La UNION CIVICA RADICAL, se encuentra en proceso de presentación en todo los muncicipios donde cuenta con bloques de concejales de oposición, el siguiente Proyecto de Resolución, cuyos artículos expresan:

ARTICULO 1º: Instruir al Sr. Presidente Municipal, para que solicite al Poder Ejecutivo de la Provincia de Entre Ríos, a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores, la derogación del art. 23 de la ley No. 10.270, que establece que los recursos que se recauden por la reforma tributaria, por dos años, no serán coparticipados a los municipios.

ARTICULO 2º: Instruir al Sr. Presidente Municipal para que solicite que en caso de que siga vigente la ley 10.270, todos los ingresos generados a partir de la misma sean coparticipados.-

ARTICULO 3º:: Requerir al sr. Presidente Municipal, para que exija el cumplimiento estricto del Régimen de Coparticipación establecido en el art. 246 inc. a) de la Constitución Provincial, quedando fijado en un mínimo del dieciséis por ciento (16 %), de los ingresos tributarios que a la Provincia le correspondan en concepto de coparticipación federal de impuestos nacionales, sea por régimen general u otro que lo sustituya y que no tengan afectación específica, debiendo ser liquidado y transferido a los municipios en forma diaria, a partir del 1 de Enero de 2014 conforme los índices que se establezcan anualmente.-

ARTICULO 4º: Requerir al Sr. Presidente Municipal, para que exija que el Régimen de coparticipación establecido en el art. 246 inc. b) de la Constitución Provincial, quede fijado en un mínimo del dieciocho por ciento (18 %), de la totalidad de la recaudación de los ingresos tributarios provinciales, suprimiéndose el rubro “Garantía de Coparticipación” que se liquida bimestralmente, debiéndose liquidar y transferir la totalidad de la coparticipación a los municipios en forma diaria, a partir del 1 de Enero de 2014 conforme los índices que se establezcan anualmente.-

ARTICULO 5º: De forma.

FUENTE:
FORO DE CONCEJALES RADICALES - PARANÁ CAMPAÑA