Se trata del texto reformado en 2013, que introdujo significativas modificaciones a la ley anterior. La modificación de la norma nacional era un reclamo de pacientes.

El diputado Jorge Monge (UCR-Diamante) propuso que la provincia adhiera a la Ley Nacional Nº 23.753 de Problemática y Prevención de la Diabetes, en su texto actualizado por la ley N° 26.914, sancionada en diciembre de 2013. La modificación al texto nacional era un fuerte reclamo de pacientes, por estar desactualizada la norma que databa de 1989. No obstante, la ley actual aún no está reglamentada.

Según el proyecto de Monge, al que accedió Recintonet, la autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud provincial, que “dispondrá a través de las áreas pertinentes el dictado de las medidas necesarias para la divulgación de la problemática derivada de la enfermedad diabética y sus complicaciones de acuerdo a los conocimientos científicamente aceptados, tendiente al reconocimiento temprano de la misma, su tratamiento y adecuado control. 

Llevará su control estadístico, prestará colaboración científica y técnica a las autoridades sanitarias de toda la provincia, a fin de coordinar la planificación de acciones. Garantizará la distribución y dispensación de los medicamentos y reactivos de diagnóstico para autocontrol a todos los pacientes con diabetes, con el objeto de asegurarles el acceso a una terapia adecuada de acuerdo a los conocimientos científicos, tecnológicos y farmacológicos aprobados, así como su control evolutivo”.

Asimismo, la autoridad de aplicación deberá: 
  • Adoptar las Normas de Provisión de Medicamentos e Insumos, que se establezcan por la autoridad sanitaria nacional; Incluir en la cobertura los avances farmacológicos y tecnológicos, que resulten de aplicación en la terapia de la diabetes y promuevan una mejora en la calidad de vida de los pacientes diabéticos
  • Establecer la cobertura de los medicamentos y reactivos de diagnóstico para autocontrol de los pacientes con diabetes, que será del 100% (cien por ciento) y en las cantidades necesarias según prescripción médica
  • Garantizar el acceso a lo establecido en el inciso anterior, con la sola acreditación, mediante certificación médica de una institución sanitaria pública, de la condición de paciente diabético
  • Llevar a cabo campañas de detección y de concientización de la enfermedad, a fin de lograr un adecuado conocimiento en la sociedad de esta patología, que permita una mayor integración social de los pacientes
  • Articular con las autoridades sanitarias locales y las instituciones educativas en todos los niveles programas formativos que permitan el acceso de alumnos y docentes a un conocimiento adecuado de la problemática.
Según recordó Monge, la nueva ley establece que la autoridad de aplicación de la misma debe dictar las “Normas de Provisión de Medicamentos e Insumos” las que deberán ser revisadas y actualizadas cada dos años como mínimo con el propósito de incluir para su cobertura, a los avances farmacológicos y tecnológicos en materia de tratamiento terapéutico de la diabetes o que ayuden a una mejora en la calidad de vida de los pacientes con dicha afección. 

Establece la cobertura de medicamentos y reactivos de diagnóstico para el autocontrol de los pacientes, y prevé que solo será necesario para acceder a los beneficios de la ley, la acreditación del carácter de paciente diabético a través de un certificado médico extendido por una autoridad sanitaria pública. 

Además, se deberá llevar a cabo campañas de detección y de concientización de la enfermedad en pos de un conocimiento adecuado por parte de la sociedad de esta patología y dispone que la Autoridad Sanitaria Nacional debe celebrar los convenios necesarios con las jurisdicciones provinciales y la Ciudad de Buenos Aires, a fin de consensuar los mecanismos de implementación.

FUENTE:
RECINTONET.COM